Presenta a tiempo tus declaraciones cuatrimestrales de ICSOE Y SISUB
A partir de la reforma al “outsourcing”, se prohíbe la subcontratación en México, permitiéndola exclusivamente en el caso de servicios u obras especializadas. Por lo tanto, las empresas que prestan servicios especializados deben cumplir con una serie de obligaciones establecidas por la Ley Federal del Trabajo (LFT) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Tres de los principales registros y sistemas que se deben considerar son el REPSE, ICSOE y SISUB.
A continuación, compartimos las obligaciones de cada rubro.
Para mantenerse en cumplimiento con el REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas):
- Renovar su inscripción en el REPSE cada tres años.
- Mantener al corriente sus obligaciones fiscales y de seguridad social, ICSOE y SISUB.
- Presentar evidencia de que sus servicios son realmente especializados y no forman parte de la actividad principal del cliente.
Para cumplir con el ICSOE (Informativa de Contratos y Servicios u Obras Especializados):
- Presentar los reportes cuatrimestrales dentro de los primeros 17 días de los meses de mayo, septiembre, y enero (si no tuviste contratos activos debes presentar tu informativa en ceros).
- Incluir la información completa de los trabajadores involucrados, los contratos firmados y los servicios prestados.
- Asegurar que los datos del reporte coincidan con la información enviada al SAT y la STPS.
Para cumplir con el SISUB (Sistema de Información de Subcontratación):
- Registrar su información en la plataforma digital del INFONACOT.
- Enviar informes cuatrimestrales detallando el número de trabajadores subcontratados y los contratos vigentes (al igual que con el IMSS, si no hay contratos activos, debes presentar en ceros).
- Garantizar que los empleados tengan acceso a los beneficios del INFONACOT.
Recuerda que si no cumples con estas obligaciones puedes tener sanciones económicas:
Puedes ser sancionado por el IMSS con una multa de 500 a 2,000 UMAs, por cada declaración omitida o presentada fuera de tiempo, es decir, entre $58,655 hasta $234,620 (valor diario de UMA 2026: $117.31)
Consecuencias operativas
El incumplimiento reiterado o grave puede derivar en:
- La suspensión o cancelación de tu registro en el REPSE.
- La pérdida inmediata de contratos vigentes, ya que tus clientes también podrían ser multados si contratan servicios especializados con empresas no registradas o que no cumplan con sus obligaciones.
En Grupo De la Vega te podemos asesorar para el cumplimiento oportuno de tus obligaciones.
